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PROCEDIMIENTO BAJA MATERNIDAD Y SISTEMA RED
Hola, me gustaria saber exactamente cuál es el procedimiento ante una baja de maternidad a la hora de tramitar todo en sistema red. Desde que se entrega el parte de baja por la embarazada, da a luz, se reincorporar.....etc.
Gracias!
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En los casos de maternidad la
En los casos de maternidad la empresa no debe comunicar nada a través del sistema red.
La propia trabajadora debe solicitar y tramitar la prestación en la seguridad social.
La empresa debe dar al trabajador un certificado de maternidad en el que se indican las condiciones del trabajador. Si tienes una aplicacion de laboral lo tendrás sino esta en la web de la Seguridad Social.
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension1093...
Gracias, eso sería en
Gracias, eso sería en relación a la comunicación de la incapacidad. Entonces no hay que notificar nada.
Y respecto a las condiciones laborales?
La embarazada es sustituida por otra trabajadora, que previamente estaba inscrita en el INEM para poder bonificarse. Cómo procedemos?
Hola!! Te cuento el
Hola!! Te cuento el procedimiento.
En tu programa de nóminas registra las baja maternal, ese mes calcularás la nómina (que durante el periodo maternal saldrá importe 0), luego calculas y mandas tus seguros sociales como normalmente.
La trabajadora debe solicitar ante el INSS su prestación por maternidad, será este organismo el que se encargue de pagarle durante el periodo de baja maternal.
Condiciones laborales? Baja en la empresa durante 4 semanas (aunque puede elegir otras opciones esta suele ser la más común).
No es obligatorio sustituir a la trabajadora en baja maternal, pero si lo necesitáis sabes que la persona contratada tendrá una bonificación del 100% de los seguros sociales, para ello debe estar apuntado/a al desempleo justo antes de ser dado/a de alta y hacerle un contrato de sustitución por maternidad. Para aplicar la bonificación debes hacerlo desde tu programa de nóminas.
Gracias!!Vamos a ver, Estoy
Gracias!!Vamos a ver, Estoy recopilando la información y veo que a la trabajadora embarazada, primeramente se tramitó la baja y alta de la it previa a la baja de maternidad, posteriormente trajo la baja de maternidad, que no se tramitó en sistema red y a partir de ahí se le dio el certificado de empresa. La trabajadora que la sustituye se le da de alta con un contrato 410, indicando 1 en la opción "desempleo" y especificando la causa de la sustitución y el nº de ss de la trabajadora embarazada. Sacando el IDC se comprueba que nos estamos bonificando.
Hasta ahí creo que está claro todo. Pero ahora la situación es que la trabajadora embarazada se reincorpora el 7 de febrero, va a cogerse días de vacaciones y lactancia y, pongamos que el 1 de marzo, después de disfrutar de sus vacaciones pendientes y su lactancia decide reducir su jornada por guarda legal. Cómo procedemos en sistema red para comunicar todo esto?
Lo que debes de hacer es
Lo que debes de hacer es darla de baja con código 99, y darla de alta al día siguiente con el mismo tipo de contrato, en la opción de coeficiente parcial dejaras reflejado el porcentaje de la jornada, luego en la opción de colectivo deberas de poner "016". Y si la trabajadora se reincopora antes de los siguientes 24 meses despues de parto se podra aplicar una bonificación por esta, para dejarla reflejada, deberas de hacerlo en la opción Mujer reincorporada poniendo la letra "S".
Si tienes duda pueda llamar al telefono del Sistema Red, ellos mejor que nadie pueden aclarartelo.
Gracias!
Gracias!
maternidad
Que no se te olvide que la trabajadora sustituta lo es hasta final de la maternidad no de las vacaciones, lactancia, etc. es decir, que a térnimo de maternidad baja y alta de la madre (para entendernos) tal y como te lo han explicado y baja por fin de contrato a la sustituta por fin de contrato
Bonificacion
Una pregunta, en estos casos te bonifican el 100 % de la seguridad social de la sustituta,y de la que esta de baja maternal? esa la sigues pagando, no?
Saludos y gracias