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PERDIDA DE BONIFICACION EN UN ERE
Saludos a tod@s, tengo una duda, en un ERE con reducción de jornada en el cual se aplica una bonificación 50%, sabeis si se despide a un trabajador mientras dura el ERE se pierde la bonificación?, y si es así sólo del trabajador despedido o de todos. No lo tengo claro ya que el decreto menciona que se mantenga como mínimo el nivel de empleo un año despues de terminar el ERE.
Un saludo.
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A parte de lo que te ha dicho
A parte de lo que te ha dicho el compañero, a mi me pasó que finalizó un contrato de relevo por una jubilación parcial, tramité la baja por finalización de contrato y al día siguiente volví a dar de alta al trabajador con un contrato nuevo.
La Tesorería me reclamó la bonificación de ere considerando que no se había mantenido el empleo durante un año, no importa que al día siguiente lo volviera a contratar, consideran también que ha habido una interrupción del contrato.
Una funcionaria que siempre me ha aconsejado respecto al tema de bonificaciones, entendía que en realiadad no es un cese en la empresa, si no que se da por una finalización estipulada en el contrato, pero la ley es la ley y si se interrumpe el contrato o no se mantiene el empleo durante un año automáticamente te reclaman la bonificación. Se presentó recurso en la Tesorería por los abogados y contestaron lo anterior.
La única forma de evitarlo para que el sistema no genere la deuda, es hacer una variación de contrato en vez de baja y alta, pero siempre y cuando el nuevo contrato sea al día siguiente de la finalización del antiguo. Es decir, tiene que ser continuado, no se puede hacer una variación de datos después de finalizar el contrato.
De esta manera, que es como me dijo la funcionaria que lo hiciera ya no me han reclamado las bonificaciones, a parte de que es una forma correcta de proceder.
Saludos,
Si despides al trabajador
Si despides al trabajador durante el ERE o durante el año siguiente a la finalizacion del ERE pierdes la bonificacion del trabajador despedido debiendo devolver con el 20% de recargo únicamente las bonificaciones por ERE aplicadas en ese trabajador.
Si despides al trabajador
Si despides al trabajador durante el ERE o durante el año siguiente a la finalizacion del ERE pierdes la bonificacion del trabajador despedido debiendo devolver con el 20% de recargo únicamente las bonificaciones por ERE aplicadas en ese trabajador.
Si despides al trabajador
Si despides al trabajador durante el ERE o durante el año siguiente a la finalizacion del ERE pierdes la bonificacion del trabajador despedido debiendo devolver con el 20% de recargo únicamente las bonificaciones por ERE aplicadas en ese trabajador.