Cotízación en situacion de ERE temporal

Buenos días,
Quisiera conocer vuestra opinión sobre este tema.
Una empresa ha solicitado un ERE temporal con suspensión de los contratos durante 90 días. En una situación "normal" la empresa cotizara por la cuota empresarial de los días de ERE y el desempleo descontara al trabajadora su cuota de seguridad social.
Me ha ocurrido que uno de los trabajadores no quiere solicitar la prestación por desempleo. ¿Como afecta esto a la empresa? ¿Debe seguir cotizando solamente la cuota empresarial o por el contrario debe aportar tambien la del trabajador?
Quedo a la espera de vuestras noticias.
 

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Buenos días, He consultado

Buenos días,
He consultado con Tesorería y me comentan que en caso de ERE temporal, si el trabajador no tiene prestación por desempleo o si la tiene, pero no quiere hacer uso de ella, la empresa (si no han pactado nada en el acuerdo de ERE), debería dar de baja al trabajador en seguridad social y este, paa evitar lagunas de cotización, podría suscribir un convenio especial.
Nunca me había ocurrido este tema. Alguien sabe decirme donde hay normativa sobre este tema.
Saludos

Entiendo que aunque el

Entiendo que aunque el trabajador no cobre la prestación, el trabajador está en una situacion asimilada al alta, con lo que la empresa deberá cotizar igualmente por la cotización empresarial.

Aunque es la primera vez que lo oigo, lo normal es que coincida que el trabajador no tenga derecho a prestación.